Prevención de Violencias Sexuales en el Ámbito Laboral
Ley y Obligaciones EmpresarialesLa Ley Orgánica 10/2022 de 6 de septiembre de Garantía Integral de libertad sexual establece medidas específicas para prevenir y abordar la violencia sexual en todos los ámbitos, incluyendo el laboral.
Definición de Violencia Sexual
Se considera violencia sexual cualquier acto no consentido o que afecte el desarrollo libre de la vida sexual, abarcando ámbitos público, privado y digital. Incluye diversas formas como homicidio, mutilación genital femenina, explotación sexual, pornografía no consentida, extorsión sexual y acoso con connotación sexual.
Obligaciones Empresariales según la Ley
- Artículo 12: Las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten delitos y conductas contra la libertad sexual, tanto presenciales como en el ámbito digital.
- Se deben establecer procedimientos específicos para la prevención y gestión de denuncias o reclamaciones.
- Promoción de sensibilización y formación integral sobre violencias sexuales para todo el personal.
Organización de Espacios de Trabajo
- Artículo 16: Integrar la perspectiva de género en la organización de espacios de trabajo para garantizar seguridad y accesibilidad para todas las trabajadoras.
- Se requiere un sistema de gestión que identifique espacios, implemente medidas preventivas y correctivas en casos de violencia sexual, cumpliendo con las obligaciones laborales y de seguridad social.
Ventajas de Cumplir con las Obligaciones
- Creación de entornos laborales seguros y respetuosos.
- Protección integral del personal contra violencias sexuales.
- Cumplimiento normativo que evita sanciones legales.
- Mejora de la imagen de la empresa como espacio comprometido con la seguridad y el bienestar de su personal.
Ofrecemos asesoramiento y acompañamiento para implementar medidas preventivas y correctivas.
Diseñamos programas de sensibilización y formación para el personal.
¿Podemos ayudarte?
Ubicación
Ctra. de Collblanc 125 local 08904,
Hospitalet de Llobregat